OTORGA LA CALIDAD DE MINISTERIO A LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Decreto Ley 1385 · 5 artículos · Versión BCN: 1976-03-29 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1°.- La Secretaría General de Gobierno tendrá calidad de Ministerio, manteniendo su actual denominación, con las funciones, atribuciones y deberes establecidos en la legislación vigente y su Reglamento Orgánico, los que podrán ejercerse mediante decretos supremos, con arreglo a las normas generales.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2°.- La estructura funcional de la Secretaría General de Gobierno será la siguiente: Ministro y Subsecretario; Demás dependencias existentes en la actual Secretaría General de Gobierno. Los cargos de la Secretaría General de Gobierno son de la exclusiva confianza del Presidente de la República.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3°.- La dotación del personal de esta Repartición estará constituida por aquella que pertenece a la Secretaría General de Gobierno.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 1Transitoriotransitorio
Artículo 1°. transitorio.- A contar desde la fecha de vigencia del presente decreto ley se entendera modificada la Ley General de Presupuesto de la Nación constituyéndose la Partida Secretaría General de Gobierno, con los recursos actualmente consultados en el Capítulo Secretaría General de Gobierno.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2Transitoriotransitorio
Artículo 2°. transitorio.- Dentro del plazo de 60 días, contados desde la fecha de publicación del presente decreto ley en el Diario Oficial, el Presidente de la República, a proposición del Ministro Secretario General de Gobierno, dictará el Reglamento Orgánico de la Secretaría General de Gobierno, en que se racionalizarán y determinarán sus dependencias, atribuciones, deberes y facultades y en el cual se podrá fijar la Planta del Personal, adecuada a la nueva estructura interna del Servicio, sin que, en todo caso, ésta pueda significar aumento del número de plazas establecido en el decreto ley N° 502, de 1974. Este Reglamento Orgánico llevará, además, la firma del Ministro de Hacienda e Interior.