Artículo 1
Artículo único.- Agrégase, en el artículo 1° del decreto ley N° 480, a continuación de la expresión "Carabineros de Chile", la frase "y Dirección General de Investigaciones" reemplazándose la conjunción "y" que sigue a "Fuerzas Armadas" por una coma.
📜 Texto Legal Técnico
