Artículo UNICO
Artículo único.- Intercálase en el artículo 2° del decreto ley N° 1.878, de 1977, entre las expresiones "Oficial General" y "o Superior en servicio activo", la siguiente frase: "en servicio activo o en retiro".
📜 Texto Legal Técnico
MODIFICA DECRETO LEY N° 1.878, DE 1977
Decreto Ley 1983 · 1 artículos · Versión BCN: 1977-11-08 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Intercálase en el artículo 2° del decreto ley N° 1.878, de 1977, entre las expresiones "Oficial General" y "o Superior en servicio activo", la siguiente frase: "en servicio activo o en retiro".