LEY 21325

Tamaño de letra:100%
Lenguaje Simple

LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

Ley 21325 · 192 artículos · Versión BCN: 2021-04-20 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 101

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte internacional tienen la obligación legal de trasladar fuera de Chile a los extranjeros cuya expulsión haya sido ordenada por la autoridad, en la fecha y lugar indicados, previo pago del valor del pasaje correspondiente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 102

Explicación en Lenguaje Simple:

Si viajas en tránsito y no tienes documentos, la autoridad fronteriza puede autorizarte a permanecer temporalmente en el aeropuerto o terminal por escala técnica, arribo forzoso o fuerza mayor. La empresa de transporte pagará todos tus gastos de estadía y control.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 103

Explicación en Lenguaje Simple:

Los empleadores en Chile solo pueden contratar y dar trabajo a personas extranjeras que tengan una residencia vigente o un permiso de permanencia temporal que las autorice expresamente a realizar actividades remuneradas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 104

Explicación en Lenguaje Simple:

Las universidades e institutos de educación superior deben informar anualmente al Servicio de Migraciones la lista de estudiantes extranjeros matriculados con visa de estudio, detallando además quiénes terminaron, abandonaron o fueron expulsados de la institución.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 105

Explicación en Lenguaje Simple:

Las instituciones de educación superior que no informen a tiempo la lista de sus alumnos extranjeros matriculados o egresados recibirán una multa de media a cinco Unidades Tributarias Mensuales por cada estudiante no reportado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 106

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres residente extranjero en Chile y no solicitas tu cédula de identidad en el Registro Civil dentro del plazo de 30 días desde que entra en vigencia tu visa, serás sancionado con una multa de media a dos UTM.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 107

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tu visa o permiso de turismo vence y te quedas en Chile hasta por 180 días sin regularizarte, recibirás una multa de media a diez UTM. Quedan exentos los residentes que salgan del país dentro de los 30 días del vencimiento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 108

Explicación en Lenguaje Simple:

Si tienes residencia temporal y te cambias de casa sin informar tu nuevo domicilio al Servicio de Migraciones dentro del plazo de 30 días, serás sancionado con una amonestación por escrito o una multa de hasta dos UTM.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 109

Explicación en Lenguaje Simple:

Si trabajas en Chile de forma remunerada sin contar con la visa o el permiso especial que te autorice a hacerlo, serás sancionado con una multa que va desde media hasta cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

💡 Explicación Sencilla

Artículo 110

Explicación en Lenguaje Simple:

Si ingresas a Chile como vecino fronterizo autorizado y sales de la zona limítrofe permitida por el convenio bilateral, serás sancionado con una multa de media a cinco UTM o con la prohibición de entrar al país por 90 días.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 111

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte que trasladen pasajeros hacia o desde Chile sin haberlos incluido en la lista oficial entregada a la policía fronteriza recibirán una multa de una a cinco UTM por cada persona omitida.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 112

Explicación en Lenguaje Simple:

Las personas o empresas que promuevan o faciliten el ingreso o salida ilegal de extranjeros del país serán sancionadas con multas de 50 a 100 UTM, sin perjuicio de las penas de cárcel que correspondan por tráfico de migrantes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 113

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte que traigan a Chile a extranjeros sin la documentación requerida serán multadas con 10 a 20 UTM por cada pasajero infractor. No se aplicará la multa si la empresa demuestra que tomó todas las precauciones necesarias.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 114

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte internacional que no entreguen la lista de pasajeros o los datos de identificación requeridos a la policía fronteriza serán sancionadas con una multa de diez a cincuenta UTM por cada pasajero transportado bajo estas condiciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 115

Explicación en Lenguaje Simple:

Si una empresa de transporte se niega a devolver a su costo a un pasajero rechazado en la frontera, o no se hace cargo de él dentro de las 24 horas, recibirá una multa de 30 a 100 UTM por cada persona afectada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 116

Explicación en Lenguaje Simple:

Si sales de Chile sin realizar el control migratorio y deseas reingresar después de dos años de vencida tu visa, recibirás una multa de 10 a 50 UTM. Si la omisión del control fue culpa de la empresa de transporte, la multa se aplicará únicamente a esta.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 117

Explicación en Lenguaje Simple:

Los empleadores que contraten a extranjeros sin permiso para trabajar recibirán multas aplicadas por cada trabajador contratado. Las multas varían según el tamaño de la empresa: micro (1 a 20 UTM), pequeña (10 a 40 UTM), mediana (30 a 100 UTM) y grande (60 a 200 UTM).

💡 Explicación Sencilla

Artículo 118

Explicación en Lenguaje Simple:

El arriendo o subarriendo de piezas a extranjeros debe cumplir con el límite de ocupación y los estándares de vivienda de la ley. Los dueños o arrendadores que hacinen o abusen en el arriendo recibirán multas mínimas equivalentes al 30% del máximo legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 119

Explicación en Lenguaje Simple:

Si permaneces en Chile de forma irregular por más de 180 días corridos contados desde el vencimiento de tu visa de residencia o tu permiso de turismo, serás sancionado con una multa de una a diez Unidades Tributarias Mensuales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 120

Explicación en Lenguaje Simple:

Las multas y amonestaciones las aplica el Servicio de Migraciones por resolución escrita. Te notificarán en persona, por carta certificada o por correo electrónico si lo autorizas. Tendrás un plazo de diez días hábiles para presentar tus descargos y defenderte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 121

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te autodenuncias ante la autoridad por una infracción, tu multa se reducirá a la mitad (50%). Además, si pagas cualquier multa dentro de los cinco días hábiles de haber sido notificado, recibirás un descuento del 25% del total.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 122

Explicación en Lenguaje Simple:

No se aplicarán multas si tu infracción migratoria ocurrió por fuerza mayor o caso fortuito comprobable. Si la autoridad decreta tu expulsión del país, todas las multas de dinero que se te hayan aplicado previamente quedarán sin efecto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 123

Explicación en Lenguaje Simple:

La autoridad aplicará el monto máximo de la multa permitida por la ley si ya has sido sancionado anteriormente por infracciones migratorias en Chile, o si la infracción cometida afectó de forma directa o indirecta a un menor de edad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 124

Explicación en Lenguaje Simple:

Si cometes una infracción calificada como menos grave y no tienes antecedentes de sanciones anteriores, el Servicio de Migraciones puede perdonar la multa de dinero y reemplazarla únicamente por una amonestación escrita de advertencia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 125

Explicación en Lenguaje Simple:

El reglamento establecerá los medios de pago para las multas y los pasos fronterizos donde se puede realizar. La resolución que te aplica la multa tiene validez de título ejecutivo, lo que permite al Estado cobrarla judicialmente si no pagas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 126

Explicación en Lenguaje Simple:

La expulsión es la salida obligatoria de Chile decretada por la autoridad para un extranjero que cometa infracciones graves. Puede ser ordenada administrativamente por el Servicio de Migraciones o por un tribunal penal como pena sustitutiva a la cárcel.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 127

Explicación en Lenguaje Simple:

Los turistas o extranjeros irregulares pueden ser expulsados si ingresaron al país con prohibición vigente, si no cumplieron la orden de abandono en el plazo fijado, si se les venció su permiso de turismo o si reinciden en trabajar sin autorización legal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 128

Explicación en Lenguaje Simple:

Los residentes pueden ser expulsados si ingresaron con prohibición legal (delitos graves o terrorismo), si cometen actos contra la seguridad del Estado, si no cumplen la orden de abandonar el país o si se les vence la visa y no solicitan renovarla en nueve meses.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 129

Explicación en Lenguaje Simple:

Antes de expulsar a alguien, el Servicio evaluará la gravedad del hecho, sus antecedentes, su tiempo de residencia regular, sus aportes al país y sus vínculos familiares en Chile (cónyuge o hijos chilenos o residentes), resguardando el interés superior del niño y la unidad familiar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 130

Explicación en Lenguaje Simple:

Quedan estrictamente prohibidas las expulsiones colectivas de extranjeros. La autoridad migratoria chilena debe estudiar, evaluar y resolver la situación de cada persona y de sus familiares de manera estrictamente individual y detallada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 131

Explicación en Lenguaje Simple:

Si entras a Chile con una prohibición de ingreso o expulsión vigente, o si te sorprenden ingresando de forma ilegal (eludiendo el control o con documentos falsos) hasta a 10 kilómetros de la frontera, serás reembarcado o reconducido a la frontera de inmediato.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 132

Explicación en Lenguaje Simple:

La expulsión es ordenada por el Director de Migraciones. Te notificarán previamente y tendrás diez días para presentar tus defensas, excepto si entraste de forma ilegal. La resolución final te otorgará un plazo para apelar antes de que se ejecute.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 132BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Si ingresas a Chile de forma ilegal eludiendo el control migratorio, la Policía de Investigaciones (PDI) te notificará el inicio del proceso administrativo de expulsión en el mismo momento en que realice la denuncia por tu ingreso no registrado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 133

Explicación en Lenguaje Simple:

La autoridad que decretó tu expulsión puede anularla o suspenderla temporalmente en cualquier momento. Sin embargo, esto no se puede aplicar si fuiste condenado por delitos graves detallados en la ley (como terrorismo, tráfico de drogas o crímenes violentos).

💡 Explicación Sencilla

Artículo 134

Explicación en Lenguaje Simple:

Una vez firme la expulsión, la policía puede retenerte en tu domicilio o en salas especiales por un máximo de 48 horas para hacer el viaje. Tienes derecho a llamar a tu abogado, familia y consulado. Esto nunca se aplica a menores.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 135

Explicación en Lenguaje Simple:

No se ejecutará la expulsión si tienes arraigo judicial vigente ordenado por un tribunal chileno, o si estás bajo custodia de Gendarmería cumpliendo una condena efectiva en la cárcel, con prisión preventiva o bajo libertad vigilada en el país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 136

Explicación en Lenguaje Simple:

La prohibición de reingresar a Chile se fija por resolución. El plazo máximo depende de la infracción: hasta 25 años por terrorismo o delitos graves de seguridad; hasta 20 años por crímenes comunes; y hasta 10 años por simples delitos en el extranjero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 137

Explicación en Lenguaje Simple:

Por infracciones migratorias, las autoridades pueden aplicarte controles como tomarte declaración, obligarte a fijar un domicilio o presentarte periódicamente ante la policía. Si no cumples estas medidas, recibirás una multa de una a diez UTM. Puedes apelar estas medidas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 138

Explicación en Lenguaje Simple:

La Policía de Investigaciones (PDI) tiene la obligación de informar detalladamente al Servicio Nacional de Migraciones sobre todas las medidas de control y fiscalización que aplique a los extranjeros infractores, entregando los antecedentes correspondientes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 139

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el Servicio de Migraciones dicta una resolución en tu contra (excepto la expulsión, que tiene su propia vía), puedes presentar los recursos de reposición y jerárquico según las reglas generales de los procedimientos administrativos del Estado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 140

Explicación en Lenguaje Simple:

La presentación de un recurso de reclamación o apelación administrativa contra una sanción o resolución del Servicio de Migraciones suspende inmediatamente todos los efectos de esa decisión hasta que la autoridad resuelva tu caso de forma definitiva.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 141

Explicación en Lenguaje Simple:

Si decretan tu expulsión, puedes apelar ante la Corte de Apelaciones de tu domicilio en un plazo de diez días corridos. La presentación de este recurso suspende de inmediato la expulsión, y tienes derecho a ser defendido de forma gratuita por la Corporación de Asistencia Judicial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 142

Explicación en Lenguaje Simple:

Si recurres a la justicia contra tu expulsión, la autoridad migratoria no podrá revisar recursos paralelos. Mientras se tramita el juicio, el tribunal puede ordenarte fijar domicilio o firmar periódicamente ante la policía, sin privarte de tu libertad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 143

Explicación en Lenguaje Simple:

Las universidades estatales con al menos cinco años de acreditación tienen la facultad legal de reconocer, revalidar y convalidar títulos profesionales y grados académicos obtenidos en el extranjero, siguiendo los aranceles y el procedimiento que dicte el Ministerio de Educación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 144

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio de Migraciones firmará convenios de intercambio de datos con ministerios y servicios públicos para coordinar la información migratoria de forma segura y confidencial. También hará convenios con la PDI, Carabineros y el Registro Civil para facilitar sus funciones de control.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 145

Explicación en Lenguaje Simple:

Los tribunales de justicia de Chile tienen la obligación legal de informar al Servicio Nacional de Migraciones en un plazo máximo de cinco días hábiles cada vez que dicten una sentencia condenatoria penal en contra de un extranjero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 146

Explicación en Lenguaje Simple:

Las resoluciones de visas, rechazos o multas se notifican por correo electrónico. Si no es posible, se enviará una carta certificada a tu domicilio registrado, entendiéndose notificada a los tres días de enviada. También puedes notificarte presencialmente y retirar copia de inmediato en las oficinas del Servicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 147

Explicación en Lenguaje Simple:

La orden de expulsión debe ser notificada personalmente por la Policía de Investigaciones (PDI). Al hacerlo, te entregarán copia de la resolución y te informarán tus derechos, los plazos que tienes para apelar y los datos de contacto de la Corporación de Asistencia Judicial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 148

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio Nacional de Migraciones puede acordar y establecer otras formas electrónicas o presenciales para notificarte sus resoluciones, siempre y cuando des tu consentimiento expreso y por escrito para utilizar dicho canal de comunicación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 149

Explicación en Lenguaje Simple:

El Estado de Chile promoverá y protegerá los derechos de los ciudadanos chilenos que viven en el extranjero. Para ello, el Consejo de Política Migratoria impulsará convenios con los países que concentren a la mayoría de los chilenos en el exterior.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 150

Explicación en Lenguaje Simple:

El Estado de Chile implementará medidas y programas dentro de su política migratoria orientados a incentivar y facilitar el regreso voluntario de los ciudadanos chilenos que se encuentran viviendo en el extranjero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 151

Explicación en Lenguaje Simple:

Los consulados y embajadas de Chile en el mundo tienen el deber de informar a los chilenos que viven en el exterior sobre los trámites, exigencias legales y los beneficios de los que disponen en caso de decidir retornar al país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 152

Explicación en Lenguaje Simple:

El Ministerio de Relaciones Exteriores llevará un registro voluntario por internet de los chilenos que residen fuera del país para prestarles ayuda consular. El Servicio de Migraciones tendrá acceso completo a esta base de datos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 153

Explicación en Lenguaje Simple:

El Ministerio del Interior es el encargado de colaborar con el Presidente en el diseño, aplicación y evaluación de la política migratoria del país, garantizando siempre la protección y el respeto de los derechos de los extranjeros en Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 154

Explicación en Lenguaje Simple:

El Ministerio del Interior supervisará la política migratoria, propondrá cambios legales, diseñará programas de inclusión y velará por el cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile en materia de migración.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 155

Explicación en Lenguaje Simple:

La Subsecretaría del Interior colabora directamente con el Ministro, resuelve expulsiones y prohibiciones de ingreso en casos graves, supervigila al Servicio de Migraciones y coordina las acciones migratorias con municipios y ministerios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 156

Explicación en Lenguaje Simple:

Crea el Servicio Nacional de Migraciones como un organismo público descentralizado con patrimonio propio, bajo la vigilancia del Ministerio del Interior. Su Director será seleccionado por el sistema de Alta Dirección Pública y su personal se regirá por el Estatuto Administrativo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 157

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio Nacional de Migraciones ejecuta la política migratoria, recopila estadísticas, autoriza o deniega el ingreso y salida del país, y resuelve el otorgamiento, renovación, rechazo o anulación de las visas de residencia de los extranjeros en Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 158

Explicación en Lenguaje Simple:

El dinero y los bienes del Servicio de Migraciones provienen del presupuesto nacional, lo recaudado por multas y visas, donaciones y aportes internacionales. Las herencias o donaciones que reciba el Servicio estarán libres de impuestos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 159

Explicación en Lenguaje Simple:

Crea el Consejo de Política Migratoria como una mesa de diversos ministerios encargada de asesorar al Presidente de la República en el diseño, actualización y evaluación periódica de las políticas migratorias de Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 160

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo de Política Migratoria es presidido por el Ministro del Interior y lo integran los ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda, Justicia, Desarrollo Social, Salud y Trabajo, junto a representantes de asociaciones municipales con derecho a voz.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 161

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo asesora al Presidente en la Política de Migración, solicita informes de cumplimiento a los ministerios, recomienda medidas a los servicios públicos y encarga estudios técnicos anuales sobre la realidad de los extranjeros en el país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 162

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo puede proponer la cantidad y los tipos de visas que conviene entregar por periodos o zonas geográficas según las necesidades del país, instrucciones que deberán cumplir el Servicio de Migraciones y los consulados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 163

Explicación en Lenguaje Simple:

El Consejo se reunirá al menos dos veces al año convocado por su presidente. Para tomar acuerdos se requiere la presencia de al menos la mitad de sus miembros y se aprobarán por mayoría de votos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 164

Explicación en Lenguaje Simple:

Todos los acuerdos adoptados por el Consejo de Política Migratoria que requieran transformarse en decretos u órdenes legales oficiales se emitirán a través de decretos firmados por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 165

Explicación en Lenguaje Simple:

Crea el Registro Nacional de Extranjeros como una base de datos confidencial administrada por el Servicio de Migraciones. Contendrá tu domicilio, tipo de visa, fecha de entrada o salida, solicitudes rechazadas y prohibiciones de ingreso vigentes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 166

Explicación en Lenguaje Simple:

La Policía de Investigaciones (PDI) controla las fronteras, fiscaliza la estadía de extranjeros, denuncia infracciones y ejecuta las expulsiones. Al fiscalizarte o si te autodenuncias, te solicitarán un correo electrónico para notificarte de cualquier proceso en tu contra.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 167

Explicación en Lenguaje Simple:

En sus labores de control de fronteras y fiscalización migratoria, la policía debe seguir estrictamente las directrices y las instrucciones dictadas por la Subsecretaría del Interior, respetando siempre las normas de esta ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 168

Explicación en Lenguaje Simple:

Tanto la policía como la fiscalía tienen la obligación legal de informar de inmediato al Servicio Nacional de Migraciones cada vez que detengan a un extranjero cometiendo un delito flagrante en el país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 169

Explicación en Lenguaje Simple:

El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante sus consulados, recibe y resuelve las visas de turismo, verifica que los documentos de los postulantes a residencia sean verdaderos y entrega las visas oficiales a diplomáticos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 170

Explicación en Lenguaje Simple:

Los consulados chilenos en el exterior actuarán como oficinas de migración y deben seguir las órdenes de Relaciones Exteriores acordadas previamente con la Subsecretaría del Interior y el Servicio de Migraciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 171

Explicación en Lenguaje Simple:

Los consulados de Chile en el mundo deben enviar al Servicio Nacional de Migraciones un informe detallado cada tres meses sobre todas las visas y trámites migratorios que hayan procesado en su respectiva oficina.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 172

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio de Migraciones puede enviar a sus propios funcionarios a trabajar dentro de los consulados en el extranjero con alta demanda de visas, o a los pasos fronterizos chilenos para supervisar y resolver trámites en terreno.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 173

Explicación en Lenguaje Simple:

Se considera transeúnte al turista. Si un niño nace en Chile de padres extranjeros transeúntes y arriesga quedar sin patria, la ley le reconoce la nacionalidad chilena. Los niños abandonados en Chile se presumen chilenos por nacimiento.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 174

Explicación en Lenguaje Simple:

Para que un extranjero pueda ejercer su derecho a voto en Chile, el plazo de avecindamiento exigido por la Constitución (cinco años de residencia) comenzará a contarse desde el día en que obtiene su primer permiso de residencia temporal.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 175

Explicación en Lenguaje Simple:

Esta ley deroga la antigua Ley de Extranjería de 1975, la ley de visas fronterizas y modifica diversas normas del Código Penal, Estatuto Administrativo y los estatutos de la Universidad de Chile para adaptarlos a la nueva regulación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 176

Explicación en Lenguaje Simple:

Cuando las leyes antiguas hablen de residencia temporaria para refugiados, se entenderá hoy como residencia temporal por razones humanitarias. Asimismo, las referencias a permanencia definitiva se entenderán hoy como residencia definitiva.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 177

Explicación en Lenguaje Simple:

Los reglamentos y decretos que se dicten para aplicar esta ley no podrán restringir ni limitar los derechos de los migrantes establecidos en la propia ley ni en los tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 178

Explicación en Lenguaje Simple:

El nuevo Servicio Nacional de Migraciones pasa a ser el continuador legal del Ministerio del Interior en todos los asuntos de extranjería, asumiendo todos sus derechos, obligaciones, funciones y atribuciones legales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 179

Explicación en Lenguaje Simple:

Todos los plazos indicados en días hábiles dentro de esta ley se contarán de lunes a viernes, excluyendo los sábados, domingos y festivos, conforme a las reglas generales de los procedimientos administrativos del Estado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 180

Explicación en Lenguaje Simple:

Los gastos adicionales que requiera la creación e instalación del Servicio Nacional de Migraciones durante su primer año serán pagados por el Ministerio del Interior y el Tesoro Público, y en adelante mediante el presupuesto de la nación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo primeroTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Autoriza al Presidente de la República a dictar decretos con fuerza de ley dentro de un año para fijar la planta de personal del nuevo Servicio de Migraciones, establecer los sueldos y regular el traspaso de los funcionarios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo segundoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Los funcionarios traspasados al nuevo Servicio mantendrán su afiliación a sus actuales servicios de bienestar y a sus asociaciones de funcionarios hasta que el Servicio de Migraciones constituya sus propias organizaciones internas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo terceroTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Faculta al Presidente para transferir y modificar los fondos presupuestarios necesarios desde el Ministerio del Interior para conformar el primer presupuesto de funcionamiento del Servicio Nacional de Migraciones, informando de ello al Congreso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo cuartoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite al Presidente de la República nombrar directamente al primer Director Nacional del Servicio por un periodo máximo de un año, mientras se realiza el concurso correspondiente por el sistema de Alta Dirección Pública.

💡 Explicación Sencilla

Artículo quintoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Mientras no se apruebe el reglamento de esta ley que define las nuevas subcategorías de visas, continuarán aplicándose de manera transitoria los permisos y categorías que contemplaba la antigua Ley de Extranjería de 1975.

💡 Explicación Sencilla

Artículo sextoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Las visas antiguas se asimilan automáticamente a las nuevas categorías: los titulares de permanencia definitiva pasan a tener residencia definitiva, y los estudiantes, contratados o temporales pasan a tener residencia temporal, manteniendo sus plazos vigentes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo séptimoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Los cambios de nombres o asimilaciones en las categorías de visas establecidas por esta nueva ley no afectarán de ninguna forma los derechos ya adquiridos por los extranjeros residentes en Chile.

💡 Explicación Sencilla

Artículo octavoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Los extranjeros irregulares que entraron por paso habilitado antes del 18 de marzo de 2020 tuvieron un plazo de 180 días para solicitar residencia sin multas. Quienes entraron de forma ilegal pudieron salir del país sin sanciones ni prohibiciones de ingreso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo novenoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Mientras se aprueban los reglamentos del nuevo Servicio, el Director Nacional asume de forma provisoria la representación legal y judicial de la institución para firmar los contratos necesarios para su instalación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo décimoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Fija un plazo de un año para que el Ministerio del Interior redacte el Reglamento de Migraciones, y de seis meses para dictar el reglamento de enrolamiento y asignación de Rol Único Nacional (RUN).

💡 Explicación Sencilla

Artículo undécimoTransitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece de forma definitiva que esta nueva Ley de Migración y Extranjería comenzará a regir oficialmente en todo el territorio nacional una vez que su reglamento sea publicado en el Diario Oficial.

💡 Explicación Sencilla
← AnteriorPágina 2 de 2