Artículo 120

Artículo 120Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Ningún integrante de la tripulación puede abandonar su puesto de trabajo a la ligera. Para dejar tu empleo, es obligatorio contar con la intervención y autorización de la autoridad marítima o consular del puerto donde se encuentre la nave.

Texto oficial

Art. 120. Ninguna persona de la dotación de una nave podrá dejar su empleo sin la intervención de la autoridad marítima o consular del puerto en que se encuentre la nave.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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