Artículo 183 H — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cualquier problema o conflicto que tengas con tu empresa de servicios transitorios o con la empresa usuaria donde prestas tus servicios, debe ser resuelto por los Juzgados de Letras del Trabajo, que son los competentes en estas materias.
Artículo 183-H.- Las cuestiones suscitadas entre las partes de un contrato de trabajo de servicios transitorios, o entre los trabajadores y la o las usuarias de sus servicios, serán de competencia de NOTA: los Juzgados de Letras del Trabajo. NOTA: El Art. segundo transitorio de la LEY 20123, publicada el 16.10.2006, estableció que las modificaciones introducidas por la citada ley regirán a contar de 90 días después de su publicación.
Fuente: BCN / LeyChile ↗