Artículo 183 H

Artículo 183 HCódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cualquier problema o conflicto que tengas con tu empresa de servicios transitorios o con la empresa usuaria donde prestas tus servicios, debe ser resuelto por los Juzgados de Letras del Trabajo, que son los competentes en estas materias.

Texto oficial

Artículo 183-H.- Las cuestiones suscitadas entre las partes de un contrato de trabajo de servicios transitorios, o entre los trabajadores y la o las usuarias de sus servicios, serán de competencia de NOTA: los Juzgados de Letras del Trabajo. NOTA: El Art. segundo transitorio de la LEY 20123, publicada el 16.10.2006, estableció que las modificaciones introducidas por la citada ley regirán a contar de 90 días después de su publicación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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