Artículo 211 — Código del Trabajo
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El seguro de accidentes y enfermedades profesionales lo financias con las cotizaciones que tú, como empleador, pagas según el riesgo de tu empresa. También se financia con las multas que aplican los organismos administradores, las ganancias de sus fondos de reserva y los dineros que ellos recuperan al demandarte.
Art. 211. El seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se financia, en la forma que prescribe la ley N° 16.744, con una cotización básica general y una cotización adicional diferenciada en función de la actividad y riesgo de la empresa o entidad empleadora, ambas de cargo del empleador; y con el producto de las multas que apliquen los organismos administradores, las utilidades o rentas que produzcan la inversión de los fondos de reserva y con las cantidades que estos organismos obtengan por el ejercicio del derecho a repetir contra el empleador.
Fuente: BCN / LeyChile ↗