Artículo 410

Artículo 410Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si trabajas en una micro o pequeña empresa sin sindicato, puedes recibir los beneficios de un convenio colectivo. Solo debes aceptar la extensión por escrito y comprometerte a pagar la cuota sindical ordinaria de la organización correspondiente. Así de simple, tú decides si te sumas al acuerdo.

Texto oficial

Art. 410.- Regla de aplicación de convenios en la micro y pequeña empresa, sin sindicatos. En la micro y pequeña empresa en que no exista sindicato con derecho a negociar, los convenios podrán ser extendidos a los trabajadores sin afiliación sindical, previa aceptación escrita de la extensión y del compromiso de pago de la cuota sindical ordinaria de la respectiva organización sindical.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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