Artículo 46

Artículo 46Código del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las partes pueden ponerse de acuerdo sobre cómo pagar las gratificaciones, pero el monto final nunca puede ser inferior a lo que establecen las reglas mínimas que fija la ley, garantizando así un estándar base para todos los trabajadores con derecho.

Texto oficial

Art. 46. Si las partes convinieren un sistema de gratificaciones, éstas no podrán ser inferiores a las que resulten de la aplicación de las normas siguientes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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