Artículo 9 Transitorio

Artículo 9 TransitorioCódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para calcular las indemnizaciones de quienes fueron contratados antes del 1 de marzo de 1981 y seguían trabajando al 1 de diciembre de 1990, no se debe incluir el ajuste o factor previsional que estableció el decreto ley N.º 3.501 en el año 1980.

Texto oficial

Art. 9.o Para el cálculo de las indemnizaciones de los trabajadores con contrato de trabajo vigente al 1.° de diciembre de 1990 y que hubieren sido contratados con anterioridad al 1.° de marzo de 1981, no se considerará el incremento o factor previsional establecido para las remuneraciones por el decreto ley N.° 3.501, de 1980.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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