Artículo 86

Artículo 86Tribunales de Familia (19.968)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Tu demanda por violencia intrafamiliar debe indicar claramente el tribunal donde la presentas, tus datos personales, los de la víctima, los de los integrantes de tu grupo familiar, una narración detallada de lo ocurrido y la identidad del agresor si la conoces.

Texto oficial

Artículo 86.- Contenido de la demanda. La demanda contendrá la designación del tribunal ante el cual se presenta, la identificación del demandante, de la víctima y de las personas que componen el grupo familiar, la narración circunstanciada de los hechos y la designación de quien o quienes pudieren haberlos cometido, si ello fuere conocido.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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