Artículo 100 — Constitución Política de la República
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Las Tesorerías del Estado solo pueden pagar algo si hay un decreto o resolución oficial que lo autorice, y este debe indicar la ley o parte del presupuesto que lo permite. Los pagos se hacen por orden cronológico y deben estar aprobados presupuestariamente.
Artículo 100.- Las Tesorerías del Estado no podrán efectuar ningún pago sino en virtud de un decreto o resolución expedido por autoridad competente, en que se exprese la ley o la parte del presupuesto que autorice aquel gasto. Los pagos se efectuarán considerando, además, el orden cronológico establecido en ella y previa refrendación presupuestaria del documento que ordene el pago.
Fuente: BCN / LeyChile ↗