Artículo 114 — Constitución Política de la República
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Una ley especial definirá cómo el Presidente de la República puede traspasar funciones o responsabilidades de los ministerios y servicios públicos a los gobiernos regionales. Esto puede ser de forma temporal o definitiva, en áreas como el ordenamiento territorial, fomento productivo y desarrollo social-cultural.
Artículo 114. La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República transferirá a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.
Fuente: BCN / LeyChile ↗