Artículo 114

Artículo 114Constitución Política de la República

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Una ley especial definirá cómo el Presidente de la República puede traspasar funciones o responsabilidades de los ministerios y servicios públicos a los gobiernos regionales. Esto puede ser de forma temporal o definitiva, en áreas como el ordenamiento territorial, fomento productivo y desarrollo social-cultural.

Texto oficial

Artículo 114. La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República transferirá a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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