Artículo 15

Artículo 15Constitución Política de la República

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cuando votamos, el sufragio es personal, igual para todos y secreto. Es obligatorio participar en todas las elecciones y plebiscitos, excepto en las primarias. Una ley especial establecerá las multas o sanciones si no cumples este deber, y qué casos estarán exentos.

Texto oficial

Artículo 15.- En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario y secreto. El sufragio será obligatorio en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en las elecciones primarias. Una ley orgánica constitucional fijará las multas o sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de este deber, los que estarán exentos de ellas y el procedimiento para su determinación. Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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