Artículo 68

Artículo 68Constitución Política de la República

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si tu proyecto es rechazado en su Cámara de origen, no lo puedes discutir en un año. Pero si es del Presidente, lo manda a la otra Cámara. Si esta lo aprueba con 2/3, vuelve a origen y solo ahí se desecha si también lo rechaza con 2/3.

Texto oficial

Artículo 68.- El proyecto que fuere desechado en general en la Cámara de su origen no podrá renovarse sino después de un año. Sin embargo, el Presidente de la República, en caso de un proyecto de su iniciativa, podrá solicitar que el mensaje pase a la otra Cámara y, si ésta lo aprueba en general por los dos tercios de sus miembros presentes, volverá a la de su origen y sólo se considerará desechado si esta Cámara lo rechaza con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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