Artículo 13 — Accidentes del Trabajo (16.744)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Faculta al Presidente de la República para dictar el Estatuto Orgánico de las Mutualidades. Este reglamento debe garantizar que el Directorio esté integrado en partes iguales (paritario) por representantes de las empresas y de los trabajadores.
Artículo 13°.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de la presente ley, dicte el Estatuto Orgánico por el que se habrán de regir estas Mutualidades. Dicho Estatuto deberá prever que el Directorio de estas instituciones esté integrado, paritariamente, por representantes de los empleadores y de los trabajadores y la forma como se habrá de elegir al presidente de la institución, el cual lo será, también, del Directorio.
Fuente: BCN / LeyChile ↗