Artículo 48 — Accidentes del Trabajo (16.744)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
A falta de cónyuge, hijos o madre de los hijos, los padres, abuelos o nietos a quienes el causante mantenía y daban asignación familiar tendrán derecho a una pensión del 20%. Los nietos cobrarán este beneficio hasta fines del año en que cumplan 18 años.
Artículo 48°.- A falta de las personas designadas en las disposiciones precedentes, cada uno de los ascendientes y demás descendientes del causante que le causaban asignación familiar tendrán derecho a una pensión del mismo monto señalado en el artículo anterior. Estos descendientes tendrán derecho a la pensión mencionada en el inciso anterior hasta el último día del año en que cumplieran 18 años de edad.
Fuente: BCN / LeyChile ↗