Artículo 50

Artículo 50Accidentes del Trabajo (16.744)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La suma de todas las pensiones de supervivencia no puede superar el 100% de la pensión que le correspondía al causante. Si la supera, se rebajarán proporcionalmente las cuotas de cada familiar, las que subirán si alguno de los beneficiarios fallece o pierde su derecho.

Texto oficial

Artículo 50°.- En ningún caso las pensiones por supervivencia podrán exceder en su conjunto, del 100% de la pensión total que habría correspondido a la víctima si se hubiere invalidado totalmente o de la pensión total que percibía en el momento de la muerte, excluido el suplemento por gran invalidez, si lo hubiere. Las reducciones que resulten de la aplicación del máximo señalado en el inciso anterior, se harán a cada beneficiario a prorrata de sus respectivas cuotas, las que acrecerán, también, proporcionalmente, dentro de los límites respectivos a medida que alguno de los beneficiarios deje de tener derecho a pensión o fallezca.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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