Artículo 60

Artículo 60Accidentes del Trabajo (16.744)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El reglamento clasifica los grados de invalidez con rangos mínimos y máximos. El médico especialista de la mutualidad o del Servicio de Salud fijará el porcentaje exacto de tu incapacidad laboral considerando factores como tu edad, sexo y tu profesión habitual.

Texto oficial

Artículo 60° Para los efectos de determinar las incapacidades permanentes, el reglamento las clasificará y graduará, asignando a cada cual un porcentaje de incapacidad oscilante entre un máximo y un mínimo. El porcentaje exacto, en cada caso particular, será determinado por el médico especialista del Servicio de Salud respectivo o de las Mutualidades en los casos de incapacidades permanentes de sus afiliados derivadas de accidentes del trabajo, dentro de la escala preestablecida por el reglamento. El facultativo, al determinar el porcentaje exacto, deberá tener, especialmente, en cuenta, entre otros factores, la edad, el sexo y la profesión habitual del afiliado. En los casos en que se verifique una incapacidad no graduada ni clasificada previamente, corresponderá hacer la valoración concreta al médico especialista del Servicio de Salud respectivo o de las Mutualidades, en su caso, sujetándose para ello, al concepto dado en el artículo anterior y teniendo en cuenta los factores mencionados en el inciso precedente.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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