Artículo 17 J

Artículo 17 JLey del Consumidor

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las financieras deben entregar una ficha explicativa simple y firmada a quien asuma como avalista, fiador o codeudor de una deuda. Esta ficha debe informarle de forma clara sus responsabilidades, el monto total a pagar y los métodos de cobranza que usarán.

Texto oficial

Artículo 17 J.- Los proveedores de productos o servicios financieros deberán elaborar y disponer, para cada persona natural que se obliga como avalista o como fiador o codeudor solidario de un consumidor, un documento o ficha explicativa sobre el rol de avalista, fiador o codeudor solidario, según sea el caso, que deberá ser firmado por ella. Este folleto deberá explicar en forma simple: a) Los deberes y responsabilidades en que está incurriendo el avalista, fiador o codeudor solidario, según corresponda, incluyendo el monto que debería pagar. b) Los medios de cobranza que se utilizarán para requerirle el pago, en su caso. c) Los fundamentos y las consecuencias de las autorizaciones o mandatos que otorgue a la entidad financiera.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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