Artículo 17 L

Artículo 17 LLey del Consumidor

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los bancos y empresas financieras que te entreguen información errónea o realicen publicidad engañosa para convencerte de contratar sus productos serán castigados con multas a beneficio fiscal, además de tener la obligación de pagar las indemnizaciones por daños que decrete el juez.

Texto oficial

Artículo 17 L.- Los proveedores de servicios o productos financieros que entreguen la información que se exige en esta ley de manera que induzca a error al consumidor o mediante publicidad engañosa, sin la cual no se hubiere contratado el servicio o producto, serán sancionados con las multas previstas en el artículo 24 en sus respectivos casos, sin perjuicio de las indemnizaciones que pueda determinar el juez competente de acuerdo a la presente ley.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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