Artículo 158

Artículo 158Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si decides resolver y anular la compraventa de un bien por no pago de la empresa en quiebra, tienes la obligación legal de devolver al pozo de la quiebra (masa) todos los abonos o pagos parciales recibidos previamente.

Texto oficial

Artículo 158.- Efecto de la resolución de la compraventa. En caso de resolución de la compraventa, el vendedor estará obligado a reembolsar a la masa los abonos a cuenta que hubiere recibido.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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