Artículo 208 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los bienes en un proceso ordinario se venden mediante remate de martillero concursal, subasta en bolsa de valores (para acciones con presencia bursátil) o a través de venta directa como unidad económica aprobada por la junta.
Artículo 208.- Fórmulas de realización ordinaria. Los bienes del deudor podrán realizarse mediante: 1) La venta al martillo de bienes muebles e inmuebles. 2) La venta por medio de remate en bolsa de valores si se trata de valores mobiliarios con presencia bursátil. 3) Otra forma distinta de realización de bienes, incluyendo entre ellas la venta como unidad económica establecida en el artículo 217 y las ofertas de compra directa previstas en el Párrafo 4 de este Título.
Fuente: BCN / LeyChile ↗