Artículo 222 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cualquier persona interesada en comprar directamente bienes de la quiebra debe enviar su propuesta por escrito al liquidador, quien tiene la obligación de presentarla a los acreedores en la reunión más próxima para que la voten.
Artículo 222.- Deber de información del Liquidador. Todas las ofertas de compra directa que se formulen deberán dirigirse por escrito al Liquidador, quien las expondrá a los acreedores en la Junta de Acreedores inmediatamente siguiente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗