Artículo 84

Artículo 84Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Una vez aprobado, modificado o corregido el acuerdo de reorganización, el veedor de la causa tiene la obligación de publicar el documento completo y definitivo en el Boletín Concursal de libre acceso.

Texto oficial

Artículo 84.- Notificación del Acuerdo. El texto íntegro del Acuerdo con sus modificaciones, en su caso, será notificado por el Veedor en el Boletín Concursal.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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