Artículo 37

Artículo 37Ley de Copropiedad (21.442)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Todas las herramientas de cobro judicial, embargos, multas, intereses y restricciones aplicables a los deudores de gastos comunes se aplicarán de la misma forma para cobrar los intereses moratorios, multas de reglamento y los aportes al fondo de reserva.

Texto oficial

Artículo 37.- Todo lo establecido en la ley o en el reglamento de copropiedad que diga relación con el cobro judicial o extrajudicial de gastos comunes, garantías, privilegios, inhabilidades y apremios aplicables a los deudores atrasados en el pago de los referidos gastos, se hará extensivo a los intereses, multas y contribuciones al fondo de reserva.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →