Código de Comercio

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Lenguaje Simple

CODIGO DE COMERCIO

Codigo DE COMERCIO · 1524 artículos · Versión BCN: 1865-11-23 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 201

Explicación en Lenguaje Simple:

El contrato obliga al transportista a entregar las mercancías al destinatario en cuanto llegue al lugar de destino, bajo pena de pagar indemnizaciones. El transportista no tiene la facultad de cuestionar el derecho del destinatario para recibir la carga.

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Artículo 202

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la carta de porte fue transferida o negociada a otra persona, la entrega de las mercancías deberá realizarse al nuevo dueño, endosante o a quien presente el documento si es al portador.

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Artículo 203

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no se puede identificar al destinatario, si está ausente o si se niega a recibir la carga, el transportista debe guardarla en el lugar que defina el juez, previo examen de su estado por peritos elegidos por el tribunal, por cuenta de su dueño.

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Artículo 204

Explicación en Lenguaje Simple:

Al entregar cajas o empaques cerrados, cumples si no tienen daños externos. Puedes exigir que los abran y revisen al recibirlos. Si el destinatario se niega a hacerlo en ese momento, quedas libre de toda responsabilidad, excepto si actuaste con engaño o fraude.

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Artículo 205

Explicación en Lenguaje Simple:

No estás obligado a entregar los productos pesados, contados o medidos, a menos que la carta de porte indique expresamente que los recibiste así. Esta obligación se anula si el remitente envió a un guardia para vigilar la carga.

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Artículo 206

Explicación en Lenguaje Simple:

Si pactaron una multa por retraso, puedes cobrarla por el solo hecho de la demora sin tener que probar daños, restándola de lo que debes pagar. El cobro de esta multa no impide exigir indemnizaciones adicionales por otros perjuicios causados directamente por el retraso.

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Artículo 207

Explicación en Lenguaje Simple:

El transportista responde por descuidos leves en sus deberes. En caso de pérdida, daño o retraso de las mercancías, se presume por ley que ocurrió debido a la culpa del transportista.

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Artículo 208

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el transportista y el destinatario no están de acuerdo sobre el estado de la carga, nombrarán peritos para que la revisen y certifiquen. Si el desacuerdo se mantiene, la carga se guardará en el lugar que indique el juzgado mientras resuelven la diferencia.

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Artículo 209

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la mercancía se pierde, el transportista debe pagar su valor calculado por peritos, fijado según el precio que tenían los productos el día y en el lugar donde debieron entregarse, respetando estrictamente los datos de la carta de porte.

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Artículo 210

Explicación en Lenguaje Simple:

Si las mercancías quedan inservibles por daños, el destinatario puede rechazarlas y exigir su valor total. Si el daño solo disminuyó su valor, debe recibirlas y cobrar la diferencia. Si algunas piezas están sanas, debe recibirlas, a menos que formen parte de un juego completo.

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Artículo 211

Explicación en Lenguaje Simple:

El transportista puede cobrar el flete y gastos de conservación pasadas veinticuatro horas desde la entrega. Si no le pagan, puede pedir al juez depositar y subastar mercancías suficientes para cubrir la deuda. La carta de porte con el recibo firmado sirve como título para el cobro.

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Artículo 212

Explicación en Lenguaje Simple:

El transportista tiene el derecho preferente de cobrar el flete y sus gastos directamente con el valor de las mercancías que transporta, por encima de cualquier otro acreedor del dueño. Este beneficio se traspasa entre transportistas hasta el que entregue la carga.

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Artículo 213

Explicación en Lenguaje Simple:

El derecho de cobro preferente del transportista sobre las mercancías se termina si pasan tres días desde la entrega y los productos son adquiridos legalmente por un tercero, o si el transportista no ejerce su derecho dentro del plazo de un mes.

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Artículo 214

Explicación en Lenguaje Simple:

La responsabilidad del transportista se extingue al recibir los productos y pagar el flete sin reclamos escritos; si el destinatario recibe bultos dañados sin protestar en el acto; si no reclama daños internos en veinticuatro horas; o por el paso de seis meses (un año internacional).

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Artículo 215

Explicación en Lenguaje Simple:

Los plazos de extinción del artículo anterior se aplican solo a descuidos del transportista. Si la pérdida o daño se debe a un fraude, engaño o delito, la responsabilidad penal y civil se extingue según los plazos que fija el Código Penal.

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Artículo 216

Explicación en Lenguaje Simple:

El destinatario debe firmar el recibo de las mercancías entregadas en la carta de porte, indicando el lugar, fecha y su nombre (se presume que el adulto que recibe en el lugar lo representa). También debe pagar el flete y gastos una vez cumplido el plazo legal.

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Artículo 217

Explicación en Lenguaje Simple:

El destinatario es responsable ante la persona que envió la carga por cumplir todos sus deberes cuando actúa como su comisionista o representante autorizado para recibir las mercancías.

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Artículo 218

Explicación en Lenguaje Simple:

El destinatario tiene los mismos derechos correspondientes a las obligaciones del cargador y del transportista. Sin embargo, en ningún caso puedes obligar al transportista a recibir las mercancías que trasladó como forma de pago por el flete o gastos que le debas.

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Artículo 219

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas públicas de transporte están sujetas a las reglas de este título y a todas las normas y reglamentos que dicte la autoridad para regular su actividad comercial.

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Artículo 220

Explicación en Lenguaje Simple:

Se entiende que el transporte de pasajeros o mercancías se realiza bajo las condiciones generales de los anuncios y reglamentos de la empresa de transporte, aunque las partes pueden pactar cláusulas adicionales si lo desean.

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Artículo 221

Explicación en Lenguaje Simple:

Los choferes, jefes de estación y patrones pueden recibir pasajeros o carga durante el viaje, obligando a la empresa a cumplir como transportista. Pero si en la ruta hay oficinas de venta de pasajes o registro, solo ellas podrán recibirlos de forma válida.

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Artículo 222

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte deben registrar ordenadamente el dinero, paquetes y equipajes que trasladen, dar boletos de asiento a los pasajeros, entregar recibos por la carga y realizar los viajes en los días y horarios anunciados, incluso si van vacíos.

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Artículo 223

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte tienen la obligación de anotar y registrar en sus libros los objetos que transportan, sin necesidad de que el pasajero o el cargador se lo soliciten, e incluso si estos se oponen a dicho registro.

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Artículo 224

Explicación en Lenguaje Simple:

El pasajero o remitente de una carga está obligado a declarar el contenido exacto de las cajas, maletas o paquetes que transporta si el transportista o sus agentes se lo piden verbalmente.

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Artículo 225

Explicación en Lenguaje Simple:

Los pasajeros no están obligados a registrar los bolsos de mano o maletas pequeñas que habitualmente no pagan pasaje. Sin embargo, si los entregas a los conductores al momento de partir, la empresa tiene la obligación de devolvértelos sanos y salvos.

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Artículo 226

Explicación en Lenguaje Simple:

Si se pierde algún objeto que entregaste a la empresa de transporte o a sus empleados, como pasajero o remitente debes demostrar que lo entregaste y probar el valor económico que tenía ese objeto.

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Artículo 227

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no puedes demostrar el valor de los objetos perdidos, el juez te tomará juramento para estimar su valor. Con ese dato, el juez definirá la indemnización de forma prudenete según tu situación económica, moralidad y los hechos del caso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 228

Explicación en Lenguaje Simple:

Las empresas de transporte no responderán por la pérdida de dinero, joyas, documentos o bienes de gran valor que viajen en maletas o cajas, si al momento de entregarlos no declaraste su contenido exacto al transportista.

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Artículo 229

Explicación en Lenguaje Simple:

Los boletos de viaje impresos con cláusulas que limitan la responsabilidad de la empresa a un monto específico no la liberan de la obligación de pagar e indemnizar el valor real de las pérdidas que los pasajeros o cargadores demuestren haber sufrido.

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Artículo 230

Explicación en Lenguaje Simple:

Si dentro de los seis meses siguientes a la terminación del viaje los pasajeros o consignatarios no reclamaren los objetos porteados, el juzgado de comercio que hubiere ordenado el depósito conforme al artículo 203, dará aviso de la existencia de los efectos depositados al intendente de la provincia para que los mande vender en el martillo y ponga su producto líquido en las arcas fiscales por cuenta de a quien corresponda reclamarlos.

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Artículo 231

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el dueño de los objetos vendidos no se presenta a reclamar el dinero obtenido de la subasta en un plazo de un año, contado desde la venta, ese dinero pasará a ser propiedad definitiva del Fisco.

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Artículo 232

Explicación en Lenguaje Simple:

Las normas contenidas en esta sección no anulan ni modifican las reglas especiales de la ley de policía de ferrocarriles.

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Artículo 233

Explicación en Lenguaje Simple:

El mandato comercial es un contrato en el que encargas a otra persona que realice uno o más negocios comerciales lícitos. El mandatario se obliga a administrarlos de forma gratuita o por un pago, y a rendirte cuentas de su gestión.

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Artículo 234

Explicación en Lenguaje Simple:

Existen tres tipos de mandato comercial: la comisión (encargos específicos), el mandato de los gerentes o empleados subalternos del negocio, y el corretaje (actuar como intermediario en los contratos).

💡 Explicación Sencilla

Artículo 235

Explicación en Lenguaje Simple:

El mandato comercial se denomina comisión cuando el encargo consiste en realizar una o varias operaciones comerciales específicas y detalladas individualmente.

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Artículo 236

Explicación en Lenguaje Simple:

Quien realiza un encargo comercial se llama comisionista. Existen cuatro tipos: comisionistas para comprar, comisionistas para vender, comisionistas de transporte (por agua o tierra) y comisionistas para realizar operaciones bancarias.

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Artículo 237

Explicación en Lenguaje Simple:

El factor es el gerente que dirige y administra un negocio por cuenta del dueño. Los mancebos o dependientes son los empleados que ayudan al comerciante trabajando bajo su dirección inmediata. El dueño del negocio se denomina principal.

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Artículo 238

Explicación en Lenguaje Simple:

La comisión de negocios comerciales se puede otorgar para que actúes a nombre de otra persona. En este caso, los efectos y resultados de los negocios afectarán únicamente al tercero interesado y a ti como comisionista.

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Artículo 239

Explicación en Lenguaje Simple:

Por su propia naturaleza y regla general, el contrato de comisión mercantil da derecho a recibir un pago o remuneración por el trabajo realizado.

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Artículo 240

Explicación en Lenguaje Simple:

La comisión comercial no se termina si la persona que hizo el encargo fallece. Todos sus derechos y obligaciones pasarán a sus herederos.

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Artículo 241

Explicación en Lenguaje Simple:

Quien encarga un negocio no puede cancelarlo a su antojo una vez aceptado por el comisionista, si esa ejecución interesa al propio comisionista o a terceras personas.

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Artículo 242

Explicación en Lenguaje Simple:

Si renuncias como comisionista, tu renuncia no pondrá fin al negocio si esto causa un daño irreparable a quien te lo encargó, ya sea porque no pueda hacerlo él mismo o por la dificultad de encontrar a otro que te reemplace.

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Artículo 243

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes rechazar libremente un encargo, pero si lo haces debes avisar de inmediato a quien te lo pidió y tomar medidas urgentes para cuidar las mercancías o evitar que venzan plazos o derechos mientras él recibe tu aviso. Si no lo haces, responderás por los daños.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 244

Explicación en Lenguaje Simple:

Si avisas que rechazas el encargo y el cliente no nombra a un reemplazante en un tiempo razonable, puedes pedir al juez que guarde las mercancías en depósito y venda las necesarias para devolverte el dinero que hayas adelantado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 245

Explicación en Lenguaje Simple:

Una vez que aceptas el encargo, debes realizarlo y terminarlo. Si no lo haces sin una causa legal válida, serás responsable de pagar los daños y perjuicios que sufra la persona que te hizo el encargo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 246

Explicación en Lenguaje Simple:

Como comisionista eres plenamente responsable de cuidar y conservar las mercancías y objetos relacionados con el encargo, sin importar el motivo por el cual te los hayan entregado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 247

Explicación en Lenguaje Simple:

Bajo ninguna circunstancia puedes cambiar o alterar las marcas de las mercancías que recibas, a menos que tengas el permiso expreso del dueño que te hizo el encargo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 248

Explicación en Lenguaje Simple:

No eres responsable por pérdidas o daños fortuitos o por fallas de la mercancía. Pero si ocurren por tu culpa o descuido, debes pagar la indemnización correspondiente. Esta responsabilidad aplica también si el accidente ocurrió debido a tu negligencia previa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 249

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes la obligación de certificar legalmente cualquier daño o pérdida que sufran las mercancías bajo tu cuidado y avisar de inmediato a la persona que te hizo el encargo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 250

Explicación en Lenguaje Simple:

Debes informar oportunamente sobre cualquier novedad del negocio a la persona que te contrató, para que pueda decidir si confirma, cancela o modifica las instrucciones que te dio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 251

Explicación en Lenguaje Simple:

Si recibes dinero para un encargo y lo usas en tus propios negocios, pagarás intereses legales desde el día en que lo recibiste, indemnizarás los daños del incumplimiento y recibirás las sanciones penales por abuso de confianza.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 252

Explicación en Lenguaje Simple:

Se te prohíbe empeñar o dejar en prenda las mercancías que tienes en consignación para garantizar tus propias deudas. Si lo haces, cometes abuso de confianza penal y el dueño podrá recuperarlas pagando solo si no demuestra el fraude del acreedor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 253

Explicación en Lenguaje Simple:

Si realizas préstamos, adelantos o ventas a crédito sin permiso del dueño del negocio, asumirás el riesgo. El dueño podrá exigirte que le pagues ese dinero al contado y los contratos quedarán bajo tu propia cuenta y responsabilidad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 254

Explicación en Lenguaje Simple:

Como comisionista tienes la facultad de realizar los negocios actuando bajo tu propio nombre o utilizando el nombre de la persona que te hizo el encargo.

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Artículo 255

Explicación en Lenguaje Simple:

Si firmas un contrato comercial a tu propio nombre, te obligas de forma personal y exclusiva con la otra parte, incluso si el dueño del negocio está presente o todos saben que actúas por cuenta ajena.

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Artículo 256

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes reservarte el derecho de revelar más adelante para quién estás contratando. Cuando declares el nombre de esa persona, quedarás libre de compromisos y ella asumirá todos los derechos y obligaciones del contrato desde el principio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 257

Explicación en Lenguaje Simple:

Quien te encarga un negocio no puede demandar directamente a las personas con quienes contrataste a tu propio nombre, pero sí puede exigirte que le traspases los derechos y acciones legales que hayas adquirido.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 258

Explicación en Lenguaje Simple:

El dueño del negocio puede declarar a los terceros que el contrato le pertenece y que asume su cumplimiento. Esto no altera la relación entre tú y los terceros, pero convierte al dueño en fiador de los contratos que firmaste a tu nombre.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 259

Explicación en Lenguaje Simple:

En caso de dudas sobre cómo contrataste, se presumirá legalmente que lo hiciste bajo tu propio nombre y no a nombre de otra persona.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 260

Explicación en Lenguaje Simple:

Si contratas a nombre de tu cliente, solo él quedará obligado ante los terceros. Sin embargo, mantendrás ante tu cliente y los terceros todos los deberes y derechos propios de un mandatario comercial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 261

Explicación en Lenguaje Simple:

Debes realizar el encargo tú mismo de forma personal. No puedes delegar la tarea en otra persona a menos que tengas el permiso expreso o implícito de quien te contrató.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 262

Explicación en Lenguaje Simple:

La prohibición de delegar tus funciones no incluye las tareas sencillas o secundarias que, según la costumbre del comercio, se encomiendan habitualmente a los empleados o dependientes del negocio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 263

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te autorizan a delegar en alguien específico y esa persona ya no es confiable o solvente, debes avisar al dueño si no es urgente. Si el negocio es urgente, debes delegar en otra persona distinta que sí sea confiable.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 264

Explicación en Lenguaje Simple:

Se entiende que tienes permiso implícito para delegar si te encuentras imposibilitado de actuar tú mismo y cualquier retraso representa un peligro para el negocio. Si no hay peligro, debes avisar de tu impedimento y esperar instrucciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 265

Explicación en Lenguaje Simple:

Si delegas tus funciones sin que el dueño hayan elegido a la persona, serás responsable por los daños si el elegido no es alguien conocido como capaz y solvente, o si cambiaste las condiciones del encargo al delegar.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 266

Explicación en Lenguaje Simple:

Si delegas el encargo a nombre del dueño del negocio, se termina tu participación. Si delegas a tu propio nombre, sigues siendo responsable y se crea un nuevo contrato entre tú y el delegado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 267

Explicación en Lenguaje Simple:

En cualquier caso en que decidas delegar la comisión en un tercero, tienes la obligación de avisar de inmediato al dueño sobre la delegación y quién es la persona delegada.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 268

Explicación en Lenguaje Simple:

Debes seguir estrictamente las instrucciones del dueño. Si crees que cumplirlas al pie de la letra causará un daño grave, debes suspender la tarea y avisar rápido. En ningún caso puedes actuar en contra de órdenes expresas y claras.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 269

Explicación en Lenguaje Simple:

Si ocurre algo no previsto, debes consultar al dueño y esperar. Si la urgencia del negocio no permite retrasos, o si tienes libertad para decidir, actúa con la prudencia y cuidado propios de los comerciantes diligentes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 270

Explicación en Lenguaje Simple:

Solo quien te encargó el negocio puede reclamar si no seguiste sus instrucciones. Ni tú como comisionista ni los terceros que contrataron contigo pueden usar esa falta para anular el contrato.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 271

Explicación en Lenguaje Simple:

Se te prohíbe hacer contratos que representen intereses contrapuestos sin permiso formal. No puedes comprar o vender para un cliente usando bienes de otro, ni comprar para ti las mercancías de tus clientes o venderles tus propios bienes.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 272

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el encargo requiere dinero y el dueño no te entrega lo suficiente, puedes renunciar a la comisión en cualquier momento o suspender su ejecución, a menos que te hayas comprometido a adelantar los fondos necesarios.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 273

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes renunciar al encargo si el valor estimado de las mercancías no alcanza a cubrir los costos de recibirlas y transportarlas. Debes avisar de inmediato al dueño y pedir al juez que guarde los productos en depósito.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 274

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho a exigir que te paguen de inmediato tus adelantos, intereses y costos presentando la cuenta justificada con documentos, incluso si no has terminado por completo el negocio encargado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 275

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho a recibir un pago por tus servicios. Si no acordaron un monto, cobrarás la tarifa habitual en la zona donde trabajete o en la ciudad más cercana. Si no hay una tarifa clara, el juez fijará el pago.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 276

Explicación en Lenguaje Simple:

Si realizas compras o ventas cruzadas prohibidas (representando intereses incompatibles) pero cuentas con el permiso del dueño, solo cobrarás la mitad de la comisión habitual, a menos que tengan otro acuerdo escrito.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 277

Explicación en Lenguaje Simple:

Si el dueño cancela el encargo antes de terminarlo, debe pagarte una parte proporcional por el trabajo que ya realizaste, cobrando solo lo hecho antes de que te enteraras de la cancelación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 278

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes obtener ninguna ganancia extra del negocio además de tu comisión acordada. Cualquier beneficio directo o indirecto que consigas en tu gestión debes entregárselo por completo al dueño del negocio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 279

Explicación en Lenguaje Simple:

Al terminar el negocio debes avisar de inmediato al dueño, entregarle a la brevedad una cuenta detallada con documentos de respaldo, devolverle sus papeles (excepto las cartas enviadas) y pagarle el saldo a su favor como acordaron.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 280

Explicación en Lenguaje Simple:

Las cuentas que entregues deben coincidir con tus libros de contabilidad. Si no coinciden, o si inventas gastos, alteras precios o condiciones en las cuentas, recibirás las sanciones penales correspondientes al delito de hurto con falsedad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 281

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te retrasas en entregar las cuentas o en transferir el dinero sobrante al dueño, deberás pagarle intereses corrientes sobre ese dinero desde el momento en que caíste en retraso, sin necesidad de que te lo exijan.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 282

Explicación en Lenguaje Simple:

Los riesgos y peligros en el envío del dinero sobrante al dueño serán de su cuenta y cargo, siempre que hayas realizado el envío utilizando los medios que él mismo te indicó o los de uso general en el comercio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 283

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te retrasas en entregar las cuentas de tu gestión al dueño, perderás el derecho de cobrarle intereses por los dineros que hayas adelantado para el negocio desde el día en que comenzaste tu retraso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 284

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho a retener los productos que te enviaron de otra ciudad en consignación, para asegurar el cobro de tus adelantos, intereses, gastos y pago, siempre que los productos estén real o virtualmente bajo tu poder.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 285

Explicación en Lenguaje Simple:

Para definir si las mercancías fueron enviadas de una ciudad a otra y tienes derecho a retenerlas, no se considerarán los domicilios particulares del dueño ni el tuyo como comisionista.

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Artículo 286

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes la entrega real cuando las mercancías están en tus bodegas, depósitos de aduana u otro sitio a tu disposición. Hay entrega virtual si tienes documentos de transporte a tu nombre o a la orden que demuestren el envío.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 287

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho preferente frente a los demás acreedores para retener el dinero de la venta de los productos consignados si el dueño entra en un proceso de quiebra o liquidación de bienes, sin importar cómo exista ese dinero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 288

Explicación en Lenguaje Simple:

Si recibes mercancías de otra ciudad como garantía de un préstamo o adelanto que hiciste, tienes el derecho de retenerlas, siempre que la factura detalle el monto prestado y el tipo de mercancías enviadas.

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Artículo 289

Explicación en Lenguaje Simple:

Si las mercancías no fueron enviadas desde otra ciudad, solo tendrás el derecho de prenda y retención sobre los productos que se te hayan entregado de forma física o a través de documentos de transporte.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 290

Explicación en Lenguaje Simple:

Si varios dueños encargan juntos un negocio, todos responderán solidariamente ante el comisionista. De igual forma, si varios comisionistas aceptan juntos un encargo, responderán solidariamente ante el dueño.

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Artículo 291

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te encargan comprar mercancías, debes seguir estrictamente las instrucciones del dueño sobre el tipo, calidad, cantidad y precio de los productos solicitados.

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Artículo 292

Explicación en Lenguaje Simple:

Si compras un producto diferente en tipo o calidad a lo ordenado, el dueño no está obligado a recibirlo. Si compras de más, el dueño recibirá solo lo solicitado, dejando el excedente bajo tu cuenta y cargo.

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Artículo 293

Explicación en Lenguaje Simple:

Puedes rechazar las mercaderías que no cumplan con el tipo o calidad ordenados, incluso si ya pagaste el costo de su transporte, con tal de que protestes al momento de abrir el embalaje.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 294

Explicación en Lenguaje Simple:

Si compraste mercancías a precios más altos que los ordenados, el dueño puede rechazarlas. Pero si tú asumes la diferencia de precio cobrando solo lo pactado originalmente, el dueño estará obligado a recibirlas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 295

Explicación en Lenguaje Simple:

Si te encargan comprar y transportar mercancías por precios fijos, no puedes compensar o tapar el cobro de más en una de estas tareas con el descuento que conseguiste en la otra.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 296

Explicación en Lenguaje Simple:

No puedes comprar productos por un precio mayor al del mercado local, incluso si el dueño te había autorizado un precio máximo más alto. Si lo haces, deberás pagarle al dueño la diferencia de dinero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 297

Explicación en Lenguaje Simple:

Si compras productos con condiciones más costosas que las habituales en el mercado local, responderás ante el dueño por los daños causados, y no servirá como excusa decir que compraste para ti bajo las mismas condiciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 298

Explicación en Lenguaje Simple:

La propiedad de los productos que compres y recibas como comisionista pertenece al dueño que te encargó el negocio, sin alterar tu obligación de custodiarlos y cuidarlos adecuadamente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 299

Explicación en Lenguaje Simple:

Una vez que envías las mercancías al dueño, se termina tu responsabilidad sobre ellas. Los riesgos y daños del transporte correrán por cuenta del dueño, a menos que tengan un acuerdo escrito diferente.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 300

Explicación en Lenguaje Simple:

Tienes derecho a retener los productos consignados para asegurar tus cobros, incluso si las mercancías están viajando en transporte al momento en que el dueño entra en un proceso de quiebra o liquidación.

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