Artículo 3 Transitorio

Artículo 3 TransitorioCódigo del Trabajo

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los reglamentos que existían cuando se creó este Código siguen siendo válidos, siempre que no contradigan las nuevas normas. Esto se mantiene así hasta que se publiquen nuevos reglamentos que los reemplacen definitivamente, para evitar vacíos en la aplicación de la ley.

Texto oficial

Art. 3o Las disposiciones reglamentarias vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Código, que hubieren sido dictadas en virtud de los cuerpos legales derogados por el artículo segundo de la ley N.° 18.620 mantendrán su vigencia, en todo lo que fueren compatibles con aquél hasta el momento en que comiencen a regir los nuevos reglamentos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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