Artículo NOVENO
Modifica la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia para encomendarle la administración del Registro de Mediadores de la Ley de Matrimonio Civil y la fijación de las tarifas del arancel correspondiente por sus servicios.
ESTABLECE NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
Ley 19947 · 110 artículos · Versión BCN: 2004-05-17 · Ver en LeyChile ↗
Modifica la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia para encomendarle la administración del Registro de Mediadores de la Ley de Matrimonio Civil y la fijación de las tarifas del arancel correspondiente por sus servicios.
Esta ley de matrimonio civil entra en vigencia seis meses después de ser publicada en el Diario Oficial. Desde ese momento, la antigua Ley de Matrimonio Civil del 10 de enero de 1884 queda completamente derogada y sin validez.
Establece reglas temporales aplicables antes de la creación de los Tribunales de Familia. En ese período, los jueces de letras civiles serán los competentes para tramitar las demandas de divorcio, separación y nulidad bajo las reglas del Código de Procedimiento Civil.
Dispone que los matrimonios celebrados antes de esta ley se rigen por ella para separarse o divorciarse. Sin embargo, sus causales de nulidad se juzgarán por la ley antigua vigente cuando se casaron, sin poder alegar incompetencia del oficial del Registro Civil.
Los juicios de nulidad de matrimonio iniciados antes de esta ley seguirán tramitándose con las reglas procesales antiguas, a menos que ambos cónyuges soliciten acogerse al nuevo procedimiento. En todo caso, la validez del matrimonio se juzgará con la ley de la fecha de la boda.
Los juicios de divorcio temporal o perpetuo en trámite antes de la vigencia de esta ley se transformarán automáticamente en juicios de separación judicial, continuando bajo el procedimiento vigente al momento de presentarse la demanda.
Aclara que el término de los juicios de divorcio antiguo o nulidad en curso no impide a las partes presentar posteriormente las nuevas demandas de divorcio o separación judicial autorizadas por esta ley una vez que la sentencia antigua quede firme.
Las parejas que se hubieran divorciado de forma temporal o perpetua bajo la ley antigua pasarán a tener el estado civil de separados, rigiéndose por los efectos que esta nueva ley establece para los separados judicialmente.
Adapta las prohibiciones de matrimonio aplicables a imputados de homicidio de su cónyuge, señalando que en las regiones donde aún no rige la reforma procesal penal, estas reglas se aplicarán a quienes tengan la calidad legal de procesados.
Otorga al gobierno un plazo de seis meses para dictar los reglamentos necesarios para aplicar esta ley (como el registro de mediadores) y para redactar el texto refundido y sistematizado del Código Civil y demás leyes modificadas.