Artículo 15

Artículo 15Tribunales de Familia (19.968)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las actuaciones y trámites del tribunal son públicos. Sin embargo, a petición de parte y si hay riesgo grave para la privacidad de las personas (especialmente niños), el juez puede prohibir el acceso a salas o restringir el público general para ciertas diligencias del juicio.

Texto oficial

Artículo 15.- Publicidad. Todas las actuaciones jurisdiccionales y procedimientos administrativos del tribunal son públicos. Excepcionalmente y a petición de parte, cuando exista un peligro grave de afectación del derecho a la privacidad de las partes, especialmente niños, niñas y adolescentes, el juez podrá disponer una o más de las siguientes medidas: a) Impedir el acceso u ordenar la salida de personas determinadas de la sala donde se efectúa la audiencia. b) Impedir el acceso del público en general u ordenar su salida para la práctica de diligencias específicas.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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