Artículo 14 — Tribunales de Familia (19.968)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Durante todo el juicio y al dictar sentencia, el tribunal buscará siempre alternativas que reduzcan la confrontación y la hostilidad entre las partes, priorizando y valorando los acuerdos que los propios litigantes logren alcanzar de forma voluntaria.
Artículo 14.- Colaboración. Durante el procedimiento y en la resolución del conflicto, se buscarán alternativas orientadas a mitigar la confrontación entre las partes, privilegiando las soluciones acordadas por ellas.
Fuente: BCN / LeyChile ↗