Artículo 89

Artículo 89Tribunales de Familia (19.968)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El juez de familia pedirá de forma rápida al Registro Civil los antecedentes penales del denunciado o demandado, junto con un informe de sus anotaciones en el registro especial de personas que han cometido violencia intrafamiliar.

Texto oficial

Artículo 89.- Solicitud de extracto de filiación del denunciado o demandado. El juez requerirá al Servicio de Registro Civil e Identificación, por la vía que estime más rápida y efectiva, el extracto de filiación del denunciado o demandado y un informe sobre las anotaciones que éste tuviere en el registro especial que establece el artículo 12 de la ley N° 20.066.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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