Artículo 117 — Constitución Política de la República
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los delegados presidenciales provinciales podrán nombrar a otras personas como "encargados" para que ejerzan sus funciones en una o varias localidades dentro de la provincia, siempre que la ley lo permita y regule cómo hacerlo.
Artículo 117.- Los delegados presidenciales provinciales, en los casos y forma que determine la ley, podrán designar encargados para el ejercicio de sus facultades en una o más localidades.
Fuente: BCN / LeyChile ↗