Artículo 72 — Constitución Política de la República
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cuando un proyecto de ley es aprobado tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado, se envía al Presidente de la República. Si él también lo aprueba, entonces lo promulgará para que se convierta oficialmente en una ley de la República.
Artículo 72.- Aprobado un proyecto por ambas Cámaras será remitido al Presidente de la República, quien, si también lo aprueba, dispondrá su promulgación como ley.
Fuente: BCN / LeyChile ↗