Artículo 75

Artículo 75Constitución Política de la República

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el Presidente no devuelve un proyecto de ley en 30 días, se asume que lo aprueba y se convierte en ley. La promulgación de esta ley debe hacerse en 10 días, y su publicación en el Diario Oficial, para que todos la conozcan, tiene que ser dentro de los 5 días hábiles siguientes.

Texto oficial

Artículo 75.- Si el Presidente de la República no devolviere el proyecto dentro de treinta días, contados desde la fecha de su remisión, se entenderá que lo aprueba y se promulgará como ley. La promulgación deberá hacerse siempre dentro del plazo de diez días, contados desde que ella sea procedente. La publicación se hará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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