Artículo 57

Artículo 57Accidentes del Trabajo (16.744)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si cotizaste en distintas mutualidades durante tu vida laboral, la mutualidad a la que estés afiliado al enfermarte te pagará el total de tu pensión o indemnización profesional. Posteriormente, esta mutualidad cobrará a las anteriores su parte proporcional según el tiempo que cotizaste en ellas.

Texto oficial

Artículo 57° El reglamento determinará la forma en que habrán de concurrir al pago de las pensiones o indemnizaciones causadas por enfermedad profesional los distintos organismos administradores en que, desde la fecha de vigencia de esta ley, haya estado afiliado el enfermo. En todo caso, las concurrencias se calcularán en relación con el tiempo de imposiciones existentes en cada organismo administrador y en proporción al monto de la pensión o indemnización fijada de acuerdo con las normas de este seguro. El organismo administrador a que se encuentre afiliado el enfermo al momento de declararse su derecho a pensión o indemnización deberá pagar la totalidad del beneficio y cobrará posteriormente, a los de anterior afiliación, las concurrencias que correspondan.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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