Artículo 35 — Ley del Consumidor
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Toda oferta o promoción debe informar claramente sus condiciones y el plazo de duración. Depositar las bases ante notario no basta para cumplir. Si la empresa se niega a cumplir lo ofrecido, puedes exigir judicialmente que cumpla o te entregue un beneficio equivalente.
Artículo 35.- En toda promoción u oferta se deberá informar al consumidor sobre las bases de la misma y el tiempo o plazo de su duración. No se entenderá cumplida esta obligación por el solo hecho de haberse depositado las bases en el oficio de un notario. En caso de rehusarse el proveedor al cumplimiento de lo ofrecido en la promoción u oferta, el consumidor podrá requerir del juez competente que ordene su cumplimiento forzado, pudiendo éste disponer una prestación equivalente en caso de no ser posible el cumplimiento en especie de lo ofrecido.
Fuente: BCN / LeyChile ↗