Artículo 50 A — Ley del Consumidor
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si presentas una demanda o denuncia individual, puedes elegir hacerla ante el Juzgado de Policía Local de tu comuna o la del proveedor. Queda prohibido obligarte por contrato a ir a otro tribunal. Las demandas colectivas se tramitan siempre ante los tribunales civiles comunes.
Artículo 50 A.- Las denuncias presentadas en defensa del interés individual podrán interponerse, a elección del consumidor, ante el juzgado de policía local correspondiente a su domicilio o al domicilio del proveedor. Se prohíbe la prórroga de competencia por vía contractual. Lo dispuesto en el inciso anterior no se aplicará a las acciones mencionadas en la letra b) del artículo 2 bis, emanadas de esta ley o de leyes especiales, incluidas las acciones de interés colectivo o difuso derivadas de los artículos 16, 16 A y 16 B de la presente ley, en que serán competentes los tribunales ordinarios de justicia, de acuerdo a las reglas generales.
Fuente: BCN / LeyChile ↗