Artículo 309 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El hecho de que el representante de la quiebra extranjera presente una solicitud de auxilio ante el tribunal chileno no significa que él, ni los negocios del deudor en el extranjero, queden sometidos a la justicia ordinaria chilena.
Artículo 309.- Presentación de la solicitud ante el tribunal competente. El solo hecho de la presentación de una solicitud, con arreglo al presente Capítulo, ante un tribunal competente por un representante extranjero no supone la sumisión de éste ni de los bienes y negocios del deudor en el extranjero, a la jurisdicción de los tribunales competentes para efecto alguno que sea distinto de la solicitud.
Fuente: BCN / LeyChile ↗