Artículo 357

Artículo 357Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Se actualizan las deudora de previsión social del sector de los obreros, de forma que la deudora de aportes por insolvencia se entienda asociada al inicio formal de "un deudora de liquidación".

Texto oficial

Artículo 357.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 19 del decreto con fuerza de ley Nº 163, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de 1968 , que fija el texto de la ley Nº 10.383, la frase "si cayeren en quiebra", por la siguiente: "si fueren sometidos a un procedimiento concursal de liquidación".

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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