Artículo 380 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Elimina la mención al síndico de quiebras en la ley que regula a las empresas que administran fondos de terceros para comprar bienes, ajustándola al nuevo esquema.
Artículo 380.- Elimínase, en el inciso segundo del artículo 7º de la ley Nº 19.491 , que regula el funcionamiento de administradoras de recursos financieros de terceros destinados a la adquisición de bienes, la frase "o un síndico de quiebras".
Fuente: BCN / LeyChile ↗