Artículo 382 — Insolvencia y Reemprendimiento (20.720)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si manejas un organismo técnico de capacitación, ten en cuenta que no puedes ejercer la administración si tienes condenas por delitos concursales contemplados en el Código Penal.
Artículo 382.- Sustitúyese, en la letra a) del inciso primero del artículo 22 de la ley Nº 19.518 , que fija nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo, su oración final que señala: "Asimismo, los fallidos o los administradores o representantes legales de personas fallidas condenadas por delitos de quiebra culpable o fraudulenta y demás establecidos en los artículos 232 y 233 de la Ley de Quiebras.", por otra del siguiente tenor: "Asimismo, aquellos que hayan sido condenados por delitos concursales contenidos en el Código Penal, por sí o por ser representantes de una empresa deudora en los términos de la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas.".
Fuente: BCN / LeyChile ↗