Artículo 31

Artículo 31Ley de Copropiedad (21.442)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El administrador cobrará los gastos comunes detallando en el aviso mensual tu porcentaje de contribución, los aportes al fondo de reserva, multas, intereses adeudados, y un desglose completo de todos los ingresos, egresos y el saldo de caja del condominio.

Texto oficial

Artículo 31.- El cobro de los gastos comunes se efectuará por el administrador del condominio, de conformidad a las normas de la presente ley, del reglamento de copropiedad y a los acuerdos de la asamblea. En el aviso de cobro correspondiente deberá constar la proporción en que el respectivo copropietario debe contribuir a los gastos comunes, al fondo común de reserva, junto con los intereses y multas que adeudare a la fecha. Además, en dicho aviso se deberá señalar en detalle el total de los ingresos, egresos mensuales y el saldo de caja del condominio.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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