Artículo 32

Artículo 32Ley de Copropiedad (21.442)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los avisos de gastos comunes firmados por el administrador y las copias de actas de asamblea autorizadas tienen mérito ejecutivo. Esto permite demandar el cobro judicial de las deudas y ordenar el embargo de bienes en un juicio rápido.

Texto oficial

Artículo 32.- Los avisos de cobro de los gastos comunes y de las demás obligaciones económicas adeudadas por los copropietarios, siempre que se encuentren firmados de forma presencial o electrónica por el administrador, tendrán mérito ejecutivo para el cobro de los mismos. Igual mérito tendrá la copia del acta de la asamblea válidamente celebrada, autorizada por el comité de administración en que se acuerden gastos comunes. Deducida la acción ejecutiva, se entenderán comprendidas en la acción iniciada las de igual naturaleza a las reclamadas, que se devengaren durante la tramitación del juicio. En los juicios de cobro de gastos comunes, la notificación del requerimiento de pago al deudor, conjuntamente con la orden de embargo, se hará personalmente o por cédula dejada en el domicilio que hubiere registrado en la administración del condominio o, a falta de éste, en la respectiva unidad que ha generado la demanda ejecutiva de cobro de gastos comunes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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