Artículo 74 — Ley de Copropiedad (21.442)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Confirma que las normas de esta ley sobre creación de subadministraciones y división de condominios en sectores independientes se aplican también a los condominios calificados de interés público.
Artículo 74.- Serán aplicables a los condominios de viviendas de interés público los artículos 23 y 24 de esta ley, referidos a las subadministraciones.
Fuente: BCN / LeyChile ↗