Artículo 2 — Matrimonio Civil (19.947)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Casarse es un derecho de toda persona que tenga la edad legal necesaria. Es nulo el matrimonio celebrado con un menor de edad. Esta ley asegura el libre consentimiento de los novios, y el juez ordenará medidas para evitar restricciones arbitrarias a este derecho.
Artículo 2º.- La facultad de contraer matrimonio es un derecho esencial inherente a la persona humana, si se tiene edad para ello. El matrimonio que se celebre con un menor de edad será nulo, de conformidad con las normas del Capítulo V de la presente ley. Las disposiciones de esta ley establecen los requisitos para asegurar el libre y pleno consentimiento de los contrayentes. El juez tomará, a petición de cualquier persona, todas las providencias que le parezcan convenientes para posibilitar el ejercicio legítimo de este derecho cuando, por acto de un particular o de una autoridad, sea negado o restringido arbitrariamente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗