Artículo 44

Artículo 44Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El matrimonio solo se declarará nulo si al momento de casarse existía alguna incapacidad legal de los novios (como ser menor de edad o parientes directos) o si el consentimiento de alguno de ellos no fue libre ni voluntario.

Texto oficial

Artículo 44.- El matrimonio sólo podrá ser declarado nulo por alguna de las siguientes causales, que deben haber existido al tiempo de su celebración: a) Cuando uno de los contrayentes tuviere alguna de las incapacidades señaladas en el artículo 5º, 6º ó 7º de esta ley, y b) Cuando el consentimiento no hubiere sido libre y espontáneo en los términos expresados en el artículo 8º.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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