Artículo 28

Artículo 28Tribunales de Familia (19.968)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cualquier hecho que sea relevante y oportuno para resolver el conflicto familiar en el tribunal se puede probar utilizando cualquier medio legal de prueba que haya sido obtenido y producido respetando las leyes vigentes.

Texto oficial

Artículo 28.- Libertad de prueba. Todos los hechos que resulten pertinentes para la adecuada resolución del conflicto familiar sometido al conocimiento del juez podrán ser probados por cualquier medio producido en conformidad a la ley.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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