Artículo 93 — Tribunales de Familia (19.968)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El juez de familia te notificará rápidamente las medidas de protección dictadas a tu favor y les avisará de inmediato a Carabineros o a la Policía de Investigaciones. Si es necesario, el tribunal puede ordenar el uso de la fuerza pública y el allanamiento del lugar para protegerte.
Artículo 93.- Comunicación y ejecución de las medidas cautelares. El juez, en la forma y por los medios más expeditos posibles, pondrá en conocimiento de la víctima las medidas cautelares decretadas, otorgándole la certificación correspondiente. Además, el juez deberá comunicar de inmediato, a Carabineros o a la Policía de Investigaciones, según el caso, las medidas cautelares decretadas, en la forma y por los medios más expeditos posibles. Asimismo, el juez podrá requerir el auxilio de la fuerza pública, disponer su intervención con facultades de allanamiento y descerrajamiento y ejercer, sin más trámite, los demás medios de acción conducentes para el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas y para resguardar la seguridad de la víctima.
Fuente: BCN / LeyChile ↗