Artículo 5 TRANSITORIO Transitorio — Accidentes del Trabajo (16.744)
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Las compañías privadas de seguros deben pagar las pensiones y cumplir sus contratos de accidentes vigentes hasta su término, quedando prohibido firmar nuevos contratos o renovarlos. Deben garantizar estos pagos futuros mediante hipotecas o garantías a favor del Seguro Social.
Artículo 5°.- Las compañías que contraten seguros de accidentes del trabajo deberán atender, hata su término, los contratos vigentes y continuar sirviendo las pensiones, pero no podrán celebrar contratos nuevos que cubran estas contingencias, ni renovar los vigentes. Las Compañías de Seguros garantizarán con hipoteca o cualquiera otra caución suficiente, a favor del Servicio de Seguro Social, calificada por este Servicio, el pago de las pensiones, hasta su extinción.
Fuente: BCN / LeyChile ↗